Cosas
Contribución a favor de las pequeñas y medianas empresas artesanales y comerciales en forma de subvención única no reembolsable basada en el decreto del Presidente del Consejo de Ministros del 24/09/2020 (GU n° 302 del 04/12/ 2020).
¿A quién esta dirigido?
Los beneficiarios de esta Comunicación son las pequeñas y microempresas - a que se refiere el decreto del Ministerio de Desarrollo Económico de 18 de abril de 2005 - que:• realicen, en la fecha de presentación de la solicitud, actividades económicas en el sector comercial y artesanal (inscritos en el de empresas artesanales) a través de una unidad operativa (unidad local) ubicada en el territorio del Municipio de PETRURO IRPINO (AV) o emprender nuevas actividades económicas en el territorio municipal, (nuevas actividades significan aquellas activadas y en funcionamiento en el año 2021). • estén debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Empresas o, en el caso de empresas artesanales, en el Registro de empresas artesanales y estén activas en el momento de la presentación de la solicitud; • no estar en estado de liquidación o quiebra y no estar sujetos a procedimientos de quiebra o concurso de acreedores • estar al día con el pago de contribuciones e impuestos al estado y por lo tanto con un DURC regular; • estar al corriente de pago de los impuestos municipales, o haber suscrito un plan de amortización de regularización de deudas, a acordar con la Hacienda Municipal, y haber pagado al menos una cuota de los mismos;
¿Qué predice?
La asignación de la aportación para el Municipio de Petruro Irpino (AV), correspondiente al año 2021, es igual a 10.923,00 € y se utilizará para el desembolso de las aportaciones económicas no reembolsables según los métodos que se indican a continuación. 2. La aportación se concederá con carácter no reembolsable, en atención a solicitudes específicas en las que se deberán informar gastos de gestión y/o gastos de capital. No existe un umbral mínimo de gasto.