Financiación no reembolsable en apoyo de proyectos culturales en la promoción del entretenimiento en vivo y el cine - Año 2024

Lo que necesitas saber

La convocatoria pretende potenciar iniciativas que estimulen el desarrollo de nuevas ideas, experimentos y formas de difusión, con el objetivo de hacer de la cultura una herramienta de agregación, de revitalización de territorios y comunidades, de formación en el respeto, la inclusión social, para combatir el género. violencia e intolerancia. En particular, se apoyarán proyectos que tengan por objetivo:

  • promover el espectáculo en vivo y el cine de autor (festivales, críticas, manifestaciones y espectáculos culturales, etc.);
  • Fomentar eventos culturales que involucren a múltiples entidades locales y construir formas válidas de colaboración.

 

Sujetos elegibles

Pueden beneficiarse de los beneficios:

  • LÍNEA 1 sujetos legalmente constituidos durante al menos tres años a la fecha de publicación del anuncio, sin fines de lucro o con la obligación estatutaria de reinvertir sus beneficios en actividades empresariales, que presenten en el estatuto el objetivo de promover el entretenimiento en vivo y/o la cultura cinematográfica ;
  • LÍNEA 2 materias que hayan obtenido reconocimiento de relevancia regional para 2024 en los sectores del entretenimiento (música, danza, teatro y cine).

 

Lo que financia

Se pueden financiar proyectos anuales de promoción del entretenimiento, tales como:

  • Iniciativas, eventos y demostraciones de entretenimiento en vivo y/o cine;
  • Festivales, exposiciones y otras iniciativas de entretenimiento;
  • Actividades de promoción y mejora del entretenimiento.

Los gastos subvencionables son exclusivamente los directamente imputables al proyecto y podrán referirse a:

  • Costos de implementación del proyecto.
  • Costos de hospitalidad
  • Gastos de personal
  • Costos de promoción y comunicación.
  • Costos operativos de las instalaciones

 

Facilitación

Los recursos económicos ascienden a un total de 800.000,00 €.

  • Para la línea 1, el umbral máximo de aportación que se puede abonar, dentro del límite del déficit presupuestario del proyecto, es de 20.000 euros. No podrá concederse la aportación máxima;
  • Para la línea 2 el umbral máximo de aportación que se puede abonar, dentro del límite del déficit presupuestario del proyecto, es de 35.000 euros. No podrá concederse la aportación máxima.

 

Presentación

Aviso en preinformación.

¿A quién esta dirigido?

Pequeñas Empresas, Medianas Empresas, Microempresas, Grandes Empresas, Pymes, Mipymes

Facilitación

Contribución no reembolsable

vencimiento

Apertura

Área geográfica

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio, Umbría, Valle de Aosta, Véneto

Sector

Cultura, Espectáculos en Vivo y Festivales

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