Contribución no reembolsable a favor de pequeñas cervecerías independientes

7 de noviembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo reembolsable

REGIONES

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

SECTOR

Comercio

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

20 de enero de 2022
18 de febrero de 2022

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

El incentivo reconoce un aporte no reembolsable a favor de las cervecerías artesanales.

¿A quién esta dirigido?

El beneficio se reconoce a las cervecerías a que se refiere el artículo 2, apartado 4-bis, de la ley de 16 de agosto de 1962, n. 1354, en relación con el volumen global de cerveza tenido en cuenta en el registro de cerveza acondicionada o en el registro anual de almacenes en el año 2020, sobre la base de la declaración sumaria a que se refiere el artículo 8, apartado 2, del decreto de 4 de junio de 2019 , publicado en el Diario Oficial del 14 de junio de 2019, n. 138.

¿Qué predice?

El beneficio se reconoce en forma de contribución a fondo perdido, de conformidad y dentro de los límites del apartado 3.1 de la comunicación de la Comisión Europea de 19 de marzo de 2020, por un importe equivalente a 0,23 euros por cada litro de cerveza de la cantidad total comprada. , respectivamente, en el registro de cerveza acondicionada o en el registro anual de almacenes en el año 2020, sobre la base de la declaración sumaria a que se refiere el artículo 8, apartado 2, del Decreto de 4 de junio de 2019.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

Costos permitidos

Gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Comercio

ATECO

11.05;

Regiones

Abruzos, Basílicata, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio/Südtirol, Umbría, Valle de Aosta /Vallée d'Aoste, Véneto

Otras características

Apoyo empresarial, Empleo, Cerveza, Cervezas

Entidad gestora

Ministerio de Empresa y Made in Italy - Dirección General de Incentivos Empresariales

Base regulatoria primaria

Medidas urgentes relacionadas con la emergencia COVID-19, para las empresas, el trabajo, los jóvenes, la salud y los servicios locales.

Medida de implementación

Decreto Directoral MiSE 23 de diciembre de 2021 - Contribución no reembolsable a favor de las cervecerías artesanales

Referencias Diario Oficial

3 del 03/01/2022

Asignación de incentivos

10000000 €

Sitio de referencia

https://www.mimit.gov.it/it/normativa/decreti-direttoriali/decreto-direttoriale-12-gennaio-2022-contributo-a-fondo-perduto-in-favore-dei-birrifici-artigianali-modalita- de-presentación-de-solicitudes

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