Cosas
Aviso público de contribuciones no reembolsables para los costos de gestión incurridos por las actividades económicas comerciales y artesanales que operan en el Municipio de Adrara San Rocco para el año 2022, en aplicación del Decreto del Primer Ministro de 24 de septiembre de 2020 sobre la distribución, las condiciones y los métodos de acceso. y reporte de aportes a los municipios del interior, del Fondo de Apoyo a las actividades económicas, artesanales y comerciales para cada uno de los años 2020 al 2022 publicado en el Diario Oficial nro. 302 de 4 de diciembre de 2020.
¿A quién esta dirigido?
Los beneficiarios de la presente Comunicación son las pequeñas y microempresas - contempladas en el decreto* del Ministerio de Desarrollo Económico de 18 de abril de 2005 - que: • realicen, en la fecha de presentación de la solicitud, actividades económicas en el ámbito comercial y sector artesanal (registrado en el registro de empresas artesanales) a través de una unidad operativa (unidad local) ubicada en el territorio del Municipio de Adrara San Rocco o emprender nuevas actividades económicas en el territorio municipal; • estén debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Empresas o, en el caso de empresas artesanales, en el Registro de empresas artesanales y estén activas en el momento de la presentación de la solicitud; • no se encuentren en estado de liquidación o quiebra y no se encuentren; sujetos a procedimientos concursales de quiebra o convenio de acreedores.
¿Qué predice?
Desembolso de una aportación, concedida en forma de fondo a fondo perdido, en porcentaje según los siguientes criterios: -50% del importe de los gastos incurridos y declarados, hasta un máximo de 5.000,00 € (por ejemplo: aportación de 5.000,00 € en caso de gastos iguales o superiores a 10.000,00 € - contribución de 2.500,00 € en caso de gastos iguales a 5.000,00 €). Tipo de gastos subvencionables: - gastos corrientes relacionados con: a) servicios públicos (gas, electricidad y agua) b) alquileres del inmueble donde se desarrolla la actividad Los gastos deben haberse incurrido en el período: • desde el 01.01.2022. al 31.12.2022