Cosas
Convocatoria para la provisión de contribuciones no reembolsables para las empresas comerciales y artesanales en el término municipal de Rocca Santa Maria con cargo al Fondo Nacional de Apoyo a que se refiere el Decreto del Primer Ministro de 24 de septiembre de 2020 (GU n° 302 del 12/04/ 2020).
¿A quién esta dirigido?
Anuncio dirigido a las actividades económicas comerciales y artesanales del Municipio de Rocca Santa Maria de los recursos asignados en aplicación del Decreto del Primer Ministro de 24 de septiembre de 2020 publicado en el Diario Oficial serie general n. 302 del 12/04/2020.
¿Qué predice?
La medida económica se entenderá como una aportación a fondo perdido para los gastos de gestión del año 2021 y será asignada a cada empresa candidata y admitida. La cotización se puede acumular a todas las prestaciones y prestaciones, incluidas las financieras, concedidas a nivel nacional para hacer frente a la actual crisis financiera y económica provocada por la emergencia sanitaria "COVID-19", incluidas las prestaciones pagadas por el INPS en virtud de la Ley Decreto 17 de marzo de 2020, n. 18, salvo disposición en contrario de la legislación estatal en la materia. Los beneficios se conceden de conformidad y dentro de los límites del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas "de minimis". del Reglamento (UE) nº. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas 'de minimis' en el sector agrario y del Reglamento (UE) n. 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas 'de minimis' en el sector de la pesca y la acuicultura