Cosas
La Región de Campania, con la Resolución del Consejo Regional núm. 544 del 30/11/2021, preveía una intervención de ayuda en forma de una contribución única no reembolsable para satisfacer las necesidades financieras de las MIPYMES ubicadas dentro de los Distritos Comerciales (según DGR n° 387/2021) utilizando el Fondo “Medidas urgentes de apoyo a las empresas y a los operadores económicos, al trabajo, a la salud y a los servicios territoriales, relacionados con la emergencia COVID-19” (a que se refiere el art. 26 del decreto legislativo de 22 de marzo de 2021, n. 41).
¿A quién esta dirigido?
Micro, pequeñas y medianas empresas, tal como se definen en el anexo I del Reg. (UE) n. 651/2014 ubicadas en el ámbito territorial del Distrito Comercial formalmente reconocido y registrado en la lista respectiva de la Región de Campania en la fecha de publicación del Aviso en cuestión en la BURC, que realizan actividades de comercio minorista identificadas por los siguientes códigos de clasificación de actividades económicas ATECO 2007: 47.19, 47.30, 47.43, todas las actividades de los grupos 47.5, y 47.6, 47.71, 47.72, 47.75, 47.76, 47.77, 47.78, 47.79, 47.82, 47.89 y 47.99.
¿Qué predice?
La medida consiste en una aportación única, a modo de compensación y sin restricciones de información, hasta el máximo de la disminución de ingresos sufrida en el año 2020 respecto al año 2019. La ayuda se concede en régimen de minimis. El importe de la contribución no puede cuantificarse antes del cierre de la convocatoria, ya que todas las solicitudes formalmente elegibles se tienen en cuenta para calcular la contribución adeudada a cada individuo. Cada empresa tiene derecho a una única contribución.