Cosas
Convocatoria encaminada a proporcionar aportes no reembolsables de apoyo al comercio y la artesanía, proporcionados por el Fondo Nacional de apoyo a las actividades artesanales y comerciales, para el año 2022 en el Municipio de Netro.
¿A quién esta dirigido?
Son elegibles para beneficiarse del aporte las pequeñas y micro empresas que realicen actividades comerciales y artesanales con sede en el Municipio de Netro, identificadas de la siguiente manera por la copresencia de los siguientes requisitos: a) pequeñas y micro empresas del sector comercial y artesanal que realizar actividades económicas a través de una unidad operativa ubicada en el municipio de Netro; b) las pequeñas y microempresas de los sectores comercial y artesanal que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el registro mercantil; c) las pequeñas y microempresas de los sectores comercial y artesanal que no se encuentren en estado de liquidación o quiebra y no estén sujetas a procedimientos de quiebra o concurso de acreedores. Las pequeñas y microempresas de los sectores comercial y artesanal pueden beneficiarse de la contribución si cumplen con: - están en cumplimiento de las obligaciones contributivas, de seguridad social y asistencia social de acuerdo con las disposiciones legislativas vigentes (DURC ), en su caso, a la fecha del 31/12/2022 y a la fecha de otorgamiento del aporte - se encuentran al corriente de pago de impuestos municipales (IMU, TARI, etc...) Las siguientes categorías económicas/productivas Quedan excluidas de participar en esta convocatoria: - Todas las actividades realizadas bajo el régimen de NIF/Freelance - Todas las actividades realizadas bajo el régimen de NIF sin sede propia abierta al público o todas las actividades cuya sede corresponda a la residencia del propietario ( con excepción de empresas de catering) - Establecimientos de sal, juegos, call center y puntos de internet - Empresas que comercializan productos para la salud, productos farmacéuticos, dispositivos médicos y quirúrgicos - Empresas que tienen disputas con el Municipio de Netro
¿Qué predice?
Las acciones de apoyo económico podrán incluir las siguientes iniciativas financiables: a) subvenciones no reembolsables para los costes de apertura de nuevas empresas; b) iniciativas que faciliten la reestructuración, modernización y expansión a través de la innovación de productos y procesos artesanales y comerciales, incluidas las innovaciones tecnológicas inducidas. por la digitalización de los procesos de comercialización en línea y venta a distancia, en forma de aportaciones de capital o aportaciones no reembolsables para la compra de maquinaria, sistemas, mobiliario y equipos diversos, para inversiones intangibles, para obras de albañilería e instalaciones necesarias para la instalación y conexión. de la maquinaria y nuevas plantas productivas adquiridas. c) provisión de aportaciones a fondo perdido para gastos de gestión. Dentro de las intervenciones financiables identificadas por la legislación, las siguientes intervenciones pueden identificarse como elegibles: - Apertura de nuevas actividades, - Relanzamiento y reurbanización de actividades existentes, - Adaptación estructural, organizativa y funcional de la actividad. Las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre el 01/01/2022 y el 31/12/2022 se consideran financiables y deberán ser reportadas con documentación fiscalmente válida que acredite la inversión realizada, por lo que se admitirán gastos documentados con facturas recibidas a partir del 01/2022. 01/2022 al 31/12/2022 (recibo significa la colocación del sello y/o firma del acreedor en el documento contable, como comprobante de pago, o la transmisión del recibo de transferencia bancaria relativo al pago de las facturas) gastos subvencionables para: - Obras de construcción (renovación, modernización de locales, trabajos de fachadas y exteriores, elementos decorativos, etc.), - Instalación o modernización de sistemas, - Mobiliario y estructuras fijas o temporales, - Maquinaria, equipos y electrodomésticos, incluidos estrictamente los costos de instalación. relacionados con el mismo, - Compra de hardware y software de gestión y/o creación de sitios web, etc., - Gestión ordinaria (a modo de ejemplo se indican algunas partidas de gastos de gestión: alquiler, salarios de los empleados). No son subvencionables: - Gastos de autofacturación/trabajo interno - Gastos facturados por proveedores que tienen relaciones de control con los clientes, tal y como se definen en el art. 2359 del Código Civil, o que tengan en común socios, administradores o apoderados con poderes de representación; - La compra de bienes usados o el arrendamiento de sistemas, mobiliario, maquinaria, equipamiento de vehículos; - Los pagos realizados en efectivo o mediante compensación de; de cualquier tipo entre cliente y proveedores - Gastos de servicios continuos, periódicos o relacionados con los costes operativos normales del beneficiario (como asesoramiento fiscal y contable ordinario - Gastos de viaje (viajes, alimentación, alojamiento);