La Comunicación establece criterios y métodos para la concesión de incentivos a grandes empresas para actividades de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación :
– identificar soluciones tecnológicas innovadoras para apoyar la innovación industrial;
– facilitar la difusión de la investigación y la innovación para aumentar la competitividad del sistema de producción regional;
– agregar capacidades, tanto entre empresas interesadas en promover programas conjuntos de investigación, como entre empresas y organizaciones e instituciones de investigación, también para crear y fortalecer cadenas de suministro verticales y horizontales en los diferentes sectores, introduciendo un concepto de contaminación, intercambio de experiencias y habilidades;
– apoyar y cualificar el empleo regional, incluido el empleo femenino.
Beneficiario
Los Contratos Programa pueden ser presentados por una o más grandes empresas siempre en colaboración con PYMES y/o Start ups innovadoras.
Intervenciones elegibles.
Los programas de inversión elegibles son proyectos de investigación y desarrollo promovidos por una o más grandes empresas, incluidas las de pequeña y mediana capitalización, exclusivamente a través de una colaboración efectiva con pymes/start-ups.
Si en el futuro se dispone de recursos financieros extracomunitarios, se podrían facilitar las inversiones productivas de las grandes empresas.
El Contrato Programa, dirigido a grandes empresas y PYMES y startups innovadoras participantes, deberá estar integrado por proyectos de Investigación y Desarrollo Experimental Industrial que puedan integrarse con:
- Proyectos de innovación;
- inversiones productivas;
- proyectos de formación;
- inversiones a favor de la protección del medio ambiente;
así como, exclusivamente para Pymes:
- adquisición de consultoría especializada, programas de internacionalización y participación en ferias.
Las solicitudes de acceso deben referirse a programas con un importe total de gastos y costes subvencionables no inferior a 5 millones de euros. Los costes de investigación industrial y desarrollo experimental no pueden exceder los 60 millones de euros por contrato programa.
Los Contratos Programa pueden facilitar inversiones productivas de las siguientes maneras:
- para inversiones de Grandes Empresas con un importe total de gastos y costes subvencionables entre 5 millones de euros y 110 millones de euros.
- para las medianas empresas, inversiones con un importe total de gastos y costes subvencionables comprendidos entre 1 millón de euros y 40 millones de euros.
- para inversiones de Pequeñas Empresas con un importe total de gastos y costes subvencionables entre 1 millón de euros y 20 millones de euros.
- para empresas emergentes innovadoras, inversiones con un importe total de gastos y costes subvencionables entre 0,5 millones de euros y 5 millones de euros.
Los costes de innovación para las pymes no pueden superar los 2 millones de euros para las pymes.
Los costes de innovación organizativa y de procesos no pueden superar los 10 millones de euros para las grandes empresas y los 2 millones de euros para las pymes.
Los costes de formación no pueden superar los 4 millones de euros para las grandes empresas y los 2 millones de euros para las pymes.
Las inversiones en favor de la protección del medio ambiente no pueden superar los 20 millones de euros para las grandes empresas y los 10 millones de euros para las pymes.
Los gastos de las PYME por servicios de consultoría e internacionalización no pueden superar los 0,5 millones de euros; Los gastos de participación en ferias de PYME no podrán superar los 0,5 millones de euros.
Gastos elegibles
Facilitación
Contribución no reembolsable. Los beneficios por proyectos de investigación y desarrollo, incluido cualquier incremento, no podrán exceder, cualquiera que sea el importe de la cantidad subvencionable, los siguientes límites por empresa:
el. si el proyecto es predominantemente de investigación industrial: 35 millones de euros por empresa y por proyecto; esta condición se cumple cuando más de la mitad de los costes subvencionables del proyecto se refieren a actividades incluidas en la categoría de investigación industrial o en las categorías de investigación industrial y desarrollo experimental combinadas;
ii. si el proyecto es predominantemente de desarrollo experimental: 25 millones de euros por empresa y por proyecto; esta condición se cumple cuando más de la mitad de los costes subvencionables del proyecto se refieren a actividades que entran en la categoría de desarrollo experimental;
III. En el caso de las ayudas a PYME para proyectos de investigación y desarrollo que hayan obtenido un sello de excelencia, el importe máximo de la ayuda no excederá de 2,5 millones de euros por PYME y por proyecto.
La intensidad de la ayuda a la investigación industrial y al desarrollo experimental a que se refiere la letra a) del apartado 1 del artículo 7, para cada beneficiario no excederá de:
a. 50% para las grandes empresas, 60% para las medianas empresas y 70% para las pequeñas empresas de los costes subvencionables para la investigación industrial;
b. El 25% para las grandes empresas, el 35% para las medianas empresas y el 45% para las pequeñas empresas de los costes subvencionables para el desarrollo experimental.
Esta intensidad de ayuda a la investigación industrial y al desarrollo experimental podrá incrementarse en 15 puntos porcentuales hasta una intensidad máxima del 80 % de los costes subvencionables si se cumple una de las siguientes condiciones:
I. el proyecto:
a. prevea una colaboración efectiva entre empresas de las cuales al menos una sea una PYME y no exija que una sola empresa soporte más del 70 % de los costes subvencionables por sí sola, o
b. prevé una colaboración efectiva entre una empresa y una o más organizaciones de investigación y difusión de conocimientos, en la que estas organizaciones soportan al menos el 10 % de los costes subvencionables y tienen derecho a publicar los resultados de su investigación;
II. Los resultados del proyecto se difunden ampliamente a través de conferencias, publicaciones, bases de datos de acceso abierto o software libre o de código abierto.
Los incentivos a la Innovación de las Pymes se conceden a las PYMES participantes hasta un límite del 50% del gasto global que se considere adecuado, relevante y subvencionable. El límite de las ayudas para la dotación de personal altamente cualificado es igual a 1 millón de euros por proyecto.
Los beneficios por innovación organizativa y de procesos no superan el 15% de los costes subvencionables para las grandes empresas y el 50% de los costes subvencionables para las pymes. Para Inversiones Productivas con importe subvencionable inferior a 55.000.000,00 euros, las prestaciones por gastos subvencionables se conceden, en forma de subvenciones a la planta, dentro de los siguientes límites:
– 30% para las grandes empresas; – 40% para las medianas empresas; – 50% para pequeñas empresas.
En el contexto de Inversiones Productivas, las empresas podrán indicar en el plan económico financiero una combinación de porcentajes para inversiones en capital fijo y activos intangibles (a) y para costos salariales (b), siempre que la combinación entre costos (a) y (b) no excede los límites indicados anteriormente.
En el ámbito de las Inversiones Productivas, los porcentajes de concesión podrán incrementarse hasta un 10% en función de las bonificaciones que se produzcan.
Estos beneficios no pueden exceder los límites establecidos por la Carta de ayudas - Ayuda estatal SA.100380 (2021/N) Italia Carta de ayudas regionales para Italia (1 de enero de 2022 - 31 de diciembre de 2027) aprobada el 02.12.2021 C (2021) 8655 final. Para Inversiones Productivas de grandes empresas de importe igual o superior a 55.000.000,00 euros, los beneficios relativos se conceden hasta un límite del 30% sobre la base del tipo de ayuda correcto, calculado según la fórmula establecida en el punto 20 del artículo 2 del GBER.
En relación con las ayudas a la formación, la intensidad de la ayuda no supera: – para las grandes empresas el 40 % de los costes subvencionables;
– para las medianas empresas, el 50 % de los costes subvencionables.
Esta intensidad puede incrementarse en 10 puntos porcentuales si la capacitación está destinada a trabajadores con discapacidad o trabajadores desfavorecidos o si la unidad subsidiada está ubicada en una zona SEZ;
– para las pequeñas empresas, el 70 % de los costes subvencionables.
Para las inversiones en favor de la protección del medio ambiente y la sostenibilidad, la intensidad de la ayuda no supera:
a. Ayudas a la inversión para medidas de eficiencia energética: – 45 % para las grandes empresas de los costes subvencionables;
– 55 % de los costes subvencionables para las medianas empresas;
– 65% de los costes subvencionables para las pequeñas empresas.
b. Ayudas a la inversión para el fomento de la energía procedente de fuentes renovables, del hidrógeno renovable y de la cogeneración de alta eficiencia en:
– 45 % de los costes subvencionables para las grandes empresas; – 55 % de los costes subvencionables para las medianas empresas; – 65% de los costes subvencionables para las pequeñas empresas.
Los beneficios relativos a los servicios de consultoría para empresas se conceden a las PYME participantes hasta un límite del 50% del gasto global que se considere adecuado, pertinente y subvencionable.
Presentación
A la espera de la publicación del decreto de aplicación. Publicación prevista para el segundo semestre de 2023.
Foto de Dimitri Karastelev en Unsplash