Cosas
La Cámara de Comercio IAA Frosinone-Latina en el marco de las actividades previstas por el Plan de Transición I4.0, y en particular de la iniciativa del sistema estratégico "La doble transición digital y ecológica" autorizada por el Ministerio de Empresa y Made in Italy mediante decreto de 23 de febrero de 2023, tiene como objetivo promover la difusión de la cultura y las prácticas digitales en las micro, pequeñas y medianas empresas, de todos los sectores económicos, a través del apoyo económico a iniciativas de digitalización, también orientadas a enfoques ecológicos destinados a apoyar la transición ecológica del tejido productivo. . En particular, con la iniciativa "Convocatoria de bonos digitales I4.0 - Año 2023" se pretende promover el uso, por parte de las MIPYMES de las provincias de Frosinone y Latina, de servicios o soluciones centrados en nuevas habilidades y tecnologías digitales en la implementación del estrategia definida en el Plan de Transición 4.0.
¿A quién esta dirigido?
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con domicilio social y/o unidades locales en el distrito territorial de la Cámara de Comercio Frosinone-Latina
¿Qué predice?
Los bonos tendrán un importe unitario máximo de 10.000,00 €. El importe máximo de la subvención no podrá exceder del 70% de los gastos subvencionables. El conjunto de gastos evaluados como subvencionables tras la investigación, neto de IVA, deberá ser igual o superior a 3.000,00 €. Las empresas con una calificación de legalidad de 2 recibirán una bonificación de 200,00 € dentro del límite del 100% de los gastos subvencionables y respetando los límites máximos de minimis correspondientes. Bajo pena de exclusión, las solicitudes de bonos deberán transmitirse exclusivamente por vía electrónica, con firma digital, a través del mostrador en línea "Aportaciones a las empresas", dentro del sistema Info Camere - Servizi e-gov Webtelemaco, de las 12:00 horas del 9 de enero de 2024 a las 21:00 horas. 00 de 22 de marzo de 2024. Son gastos subvencionables los siguientes: a) servicios de consultoría y/o formación relacionados con una o más tecnologías de entre las previstas en el art. 2, párrafo 2 de este Aviso. Estos gastos, cuando estén previstos, se admiten globalmente dentro del límite máximo del 30% de los costes subvencionables; b) compra de bienes y servicios instrumentales, tangibles e intangibles, incluidos dispositivos y costes de conexión, funcionales a la adquisición de las tecnologías habilitadoras mencionadas; en el arte. 2, párrafo 2 del Aviso. La entrega del bono estará sujeta a la verificación de lo dispuesto en el art. 12 del Aviso y se realizará únicamente después del envío del informe por parte de la empresa beneficiaria mediante un procedimiento electrónico similar a la solicitud del bono, y en cualquier caso después. el resultado de su investigación.