Aviso de transición ecológica y transición digital del sector textil del distrito industrial de Prato

13 de diciembre de 2023

FACILITACIÓN DEL FORMULARIO

Contribución/Fondo Reembolsable, Contribución/Fondo Reembolsable

REGIONES

toscana

SECTOR

Moda y Textiles

GASTO PERMITIDO

--

ESTADO DEL INCENTIVO

CERRADO

FECHA DE APERTURA

FECHA DE CIERRE

16 de octubre de 2023
30 de noviembre de 2023

NOTAS

Sin notas adicionales
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Cosas

Ley de 30 de diciembre de 2021, n. 234, que contiene "Previsión del presupuesto del Estado para el ejercicio 2022 y presupuesto plurianual para el trienio 2022-2024", teniendo en cuenta el impacto significativo vinculado a la emergencia epidemiológica del COVID-19 y las necesidades de protección y relanzamiento. la cadena productiva del distrito industrial de Prato, atribuyó al Municipio de Prato una contribución extraordinaria de 10 millones de euros para el apoyo económico de las empresas del sector textil del distrito industrial de Prato - tal como lo identificó la Región de Toscana mediante resolución del 21 de febrero de 2000, norte. 69 – para estudios colectivos, investigaciones y proyectos de cadena de suministro. Mediante decreto adoptado el 5 de agosto de 2022 por el Ministro de Desarrollo Económico, de acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas, se definieron los métodos de desembolso del aporte, los criterios para la selección de programas y actividades financiables, los gastos elegibles así como los métodos. Verificación, control y declaración de los gastos incurridos con cargo al mismo aporte. De conformidad con el art. 3 del decreto la asignación financiera a que se refiere la Ley núm. 234/2021 se distribuye de la siguiente manera: – 8 millones de euros para aportaciones directas a las empresas, que se asignarán mediante licitaciones específicas; – 2 millones de euros para la ejecución de proyectos de sistemas de interés para el distrito. El Ayuntamiento de Prato ha identificado a la Cámara de Comercio de Pistoia-Prato como entidad gestora de los concursos públicos para la concesión de contribuciones a las empresas a que se refiere el Decreto antes mencionado. Con aviso aprobado con Resolución de la Cámara de Diputados nro. 75/23, de 20 de julio de 2023, se definieron las condiciones y modalidades de presentación de las solicitudes de subvención, así como otros elementos útiles para la correcta ejecución de las intervenciones, con referencia a un segundo tramo de prestaciones por un importe máximo de 2.500.000 euros destinado a la mejora de la sostenibilidad socioambiental de la producción y/o la transformación tecnológica y digital de la empresa.

¿A quién esta dirigido?

Empresas que operan en el sector textil que forman parte del distrito industrial de Prato.

¿Qué predice?

La medida tiene como objetivo promover la implementación de proyectos dirigidos a la creación de programas de inversión que incluyan una o más de las líneas de intervención que se indican a continuación: a) digitalización básica - implementación de soluciones tecnológicas destinadas a promover un primer paso hacia la digitalización de la empresa procesos y/o productos (intervenciones admisibles solo si son preparatorias y se combinan con una o más intervenciones de digitalización avanzada); b) digitalización avanzada – introducción/implementación de al menos una de las tecnologías habilitadoras identificadas en la licitación; c) transición ecológica y justa – implementación de intervenciones destinadas a reducir el impacto ambiental del procesamiento; obtención/renovación de certificaciones voluntarias en materia ambiental y/o social; intervenciones destinadas a apoyar el proceso de alineación de los sistemas de la empresa con los estándares ESG. Las prestaciones, en forma de aportación no reembolsable, se conceden por un importe no superior al 50% de los gastos subvencionables. Los beneficios se otorgan de conformidad y de conformidad con el Reglamento del 18 de diciembre de 2013, n. 1407/2013/UE, relativa a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas "de minimis" y modificaciones posteriores. Al expirar el Reglamento, se aplicará el Reglamento similar posterior, dictado sobre el mismo tema.

Objetivo – Propósito

Apoyo a la inversión

Formulario – Facilitación

Contribución/Fondo Reembolsable, Contribución/Fondo Reembolsable

Costos permitidos

Costos de personal, Edificios y terrenos, Capacitación profesional, Planta/Maquinaria/Equipo, Materias primas, consumibles y bienes, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, Servicios, patentes y licencias, gastos generales/otros cargos
tipo de tema
Negocio

Dimensión

Gran Empresa, Mediana Empresa, Microempresa, Pequeña Empresa

Sector de actividad

Moda y Textiles

ATECO

13.00; 13.10; 13.20; 13.30; 13.90; 13.91; 13.92; 13.93; 13.94; 13.95; 13.96; 13.99;

Regiones

toscana

Municipios

Agliana; Calenzano; campos de Bisencio; Cantagallo; Carmignano; Montale; Montemurlo; Poggio a Caiano; Césped; Cuarrata; Vaiano; vernio

Entidad gestora

Cámara de Comercio de Pistoia - Prato

Base regulatoria primaria

Ley de 30 de diciembre de 2021, n. 234 (la llamada "Ley de Presupuesto para el año 2022")

Medida de implementación

Medida de apoyo a las empresas del sector textil del distrito industrial de Prato

Asignación de incentivos

2500000 €

Sitio de referencia

https://www.ptpo.camcom.it/servizi/contributi/transizione-ecologica/transizione-ecologica-digitale.php

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