Cosas
Licitación pública para la concesión de aportaciones a fondo perdido a actividades económicas artesanales y comerciales de conformidad con el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 24 de septiembre de 2020 que contiene "Asignación, condiciones, modalidades de acceso y notificación de las aportaciones a los municipios de ámbito interno áreas, para postular al Fondo de apoyo a actividades económicas, artesanales y comerciales para cada uno de los años 2020 a 2022”, publicado en el Diario Oficial Serie General nro. 302 del 12.04.2020
¿A quién esta dirigido?
La contribución se pagará a las empresas que operan en los sectores del comercio y la artesanía en un importe correspondiente a los gastos de gestión incurridos y declarados.
¿Qué predice?
La aportación se abonará a los solicitantes en un importe correspondiente a los gastos de gestión ocasionados y comunicados de conformidad con lo dispuesto en el art. 3 de este aviso. Tras la investigación, se elaborarán clasificaciones en función de las puntuaciones asignadas. Existe una aportación mínima de 100,00 € (cien/00 euros) y máxima de 5.000,00 € (cinco mil/00 euros). El importe de la aportación pagada se considerará bruto de la retención en origen del 4%, de conformidad con el art. 28, párrafo 2, del Decreto Presidencial 600/1973. La empresa solicitante podrá presentar una solicitud para el otorgamiento de los incentivos a que se refiere esta convocatoria incluso si se beneficia de otras financiaciones o aportes públicos (proporcionados por la Provincia, Región, etc.) según lo establecido en el art. 5 de este aviso. Las contribuciones a que se refiere este anuncio se conceden de conformidad y dentro de los límites del Reglamento (UE) n. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativa a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas 'de minimis'.