Anuncio de Agrivoltaica: Construcción de sistemas agrovoltaicos en tierras agrícolas

Lo que necesitas saber

Como parte del PNRR, el MITE ha previsto un aporte no reembolsable y una tarifa de incentivo para la construcción de sistemas agrivoltaicos a instalar en terrenos agrícolas, mediante la implementación de sistemas híbridos de producción agrícola-energética, que no comprometan el uso de el
terreno dedicado a la agricultura. La asignación esperada es de 1.1 MIL MILLONES para los años 2022-2023. El objetivo final de la medida es promover
la instalación de paneles fotovoltaicos con una nueva capacidad de generación de 1,04 GW a partir de energía solar.

Beneficiario

  • empresarios agrícolas en forma individual o corporativa, incluidas cooperativas, empresas agrícolas, así como consorcios establecidos entre dos o más empresarios agrícolas
    y/o empresas agrícolas, empresarios agrícolas, incluidas las cooperativas y cooperativas agrícolas o sus consorcios y asociaciones temporales de empresas agrícolas;
  • asociaciones empresariales temporales que incluyan al menos una empresa agrícola;
  • empresas que no se encuentren en dificultades.

Intervenciones elegibles

  • Dentro del límite del cupo de 300 MW, sistemas agrivoltaicos con potencia de hasta 1 MW para empresarios agrícolas;
  • Dentro del límite del cupo de 740 MW, los sistemas agrivoltaicos de cualquier potencia para empresarios agrícolas y asociaciones temporales de
    negocios.

Las plantas deberán entrar en funcionamiento en el plazo de dieciocho meses a partir de la fecha de comunicación del resultado del procedimiento y, en cualquier caso, a más tardar el 3 de junio de 2026.

Gastos elegibles
Se prevé la financiación de sistemas agrivoltaicos que cumplan los siguientes requisitos mínimos:

  • la potencia nominal del sistema es superior a 300 kW;
  • la superficie mínima destinada a la actividad agrícola es igual al menos al 70% de la parcela sujeta a intervención;
  • la superficie total de los módulos respecto a la superficie total ocupada por el sistema agrivoltaico no supera el 40%;
  • la altura mínima de los módulos sobre el suelo debe permitir la continuidad de las actividades agrícolas incluso debajo de los módulos fotovoltaicos;

Para la construcción de sistemas agrivoltaicos se consideran subvencionables, hasta un máximo de 1.500 €/kWp, los siguientes gastos:

a) construcción de sistemas agrovoltaicos avanzados, suministro e instalación de sistemas de almacenamiento, equipos para el sistema de monitoreo;

b) conexión a la red eléctrica nacional, obras de construcción, compra, transporte e instalación de maquinaria, sistemas y equipos de hardware y software, incluidos los costos de su instalación y puesta en servicio;

c) estudios de perfectibilidad, diseños, investigaciones geológicas y geotécnicas, direcciones de obra, seguridad, asistencia diaria y contabilidad de obra, pruebas técnicas y técnico-administrativas, consultoría y apoyo técnico-administrativo.

Facilitación

  • Contribución no reembolsable hasta un máximo del 40% de los costes subvencionables;
  • Una tarifa de incentivo aplicada a la producción de electricidad neta inyectada a la red;

ENVIAR SOLICITUDES
A la espera del Reglamento Operativo que debería publicarse antes del 28 de febrero de 2024.

Foto de Red Zeppelin en Unsplash

¿A quién esta dirigido?

Asociación comercial/Consorcio, Consorcio, Cooperativa

Facilitación

Contribución/Fondo reembolsable

vencimiento

Apertura

28 de febrero de 2024

Área geográfica

Abruzos, Basílica, Calabria, Campania, Emilia-Romaña, Friuli-Venecia Julia, Lacio, Liguria, Lombardía, Las Marcas, Molise, Piamonte, Apulia, Cerdeña, Sicilia, Toscana, Trentino-Alto Adigio, Umbría, Valle de Aosta, Véneto

Sector

Agroalimentación, Agroindustria, Suministro energético

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