Cosas
Aportaciones para la promoción de iniciativas encaminadas a la reapertura de establecimientos comerciales cerrados desde hace al menos seis meses, así como para la ampliación de estructuras comerciales ya existentes en el término municipal.
¿A quién esta dirigido?
Pueden beneficiarse de las concesiones las iniciativas destinadas a reabrir empresas que operan en los siguientes sectores (especificados más detalladamente en la resolución del consejo municipal n. 13 del 13/02/2020): artesanía, turismo, prestación de servicios destinados a la protección del medio ambiente, el uso del patrimonio cultural y del ocio, comercio al por menor, limitado a los negocios a que se refiere el artículo 4, apartado 1, letras d) y e), del Decreto Legislativo 114/1998, incluido el suministro de alimentos y bebidas al público.
¿Qué predice?
Los beneficios consisten en la provisión de aportes para el año en que se realice la apertura o ampliación y para los tres años siguientes; el monto de la contribución guarda relación con la suma de los impuestos municipales adeudados por el operador y pagados periódicamente en el año anterior a aquel en que se presenta la solicitud de concesión, hasta el 100 por ciento del monto.