Cosas
El objetivo de esta facilitación es financiar proyectos e iniciativas llevadas a cabo por asociaciones y entidades de derecho privado (cualquiera que sea su denominación) con intereses colectivos en empresas agrícolas en la región de Las Marcas.
¿A quién esta dirigido?
Asociaciones regionales y entidades de derecho privado que tienen intereses colectivos de empresas de la región de Las Marcas, establecidas y que operan desde hace al menos 3 años en el territorio regional, siempre que estén representadas: – en el actual Consejo del CNEL (Consejo Nacional de Economía y Trabajo ) o – en el Consejo de la Cámara de Comercio, también por afiliación, de conformidad con el art. 10 de la Ley n.580/1993, modificada por el Decreto Legislativo n.23/2010 y el Decreto Ministerial n.155/2011. Estos sujetos (proponentes) podrán, en la misma, identificar como único organismo ejecutor de cada iniciativa a una de sus asociaciones provinciales o interprovinciales o a una de sus empresas o consorcios de servicios, siempre que sean propiedad de la misma al menos en un 75%. asociaciones (o por otros sujetos de su emanación, o por el conjunto de asociaciones constituidas a nivel provincial a escala regional).
¿Qué predice?
Las aportaciones a las que se refiere este aviso público tienen por objeto financiar proyectos e iniciativas, generalmente de ámbito regional, que incluyen actuaciones en el ámbito de intervención: A. Valorización del patrimonio cultural, así como desarrollo y promoción del turismo, en colaboración con instituciones y organismos competentes (incluida la valorización de la excelencia productiva, con especial referencia a los sectores de los productos agroalimentarios típicos y de calidad, del Made in Italy y de la artesanía artística y tradicional), con exclusión de las actividades de promoción realizadas directamente en el extranjero (valorización y línea turismo) B. orientación y desarrollo de las relaciones entre las empresas locales y el mundo de la educación superior y universitaria, también a través de la colaboración con las entidades públicas y privadas competentes y la promoción de la alternancia escuela-trabajo (línea de orientación apoyo a la competitividad) C . de las empresas y del territorio a través de actividades de asistencia técnica para la creación y apoyo a empresas y start-ups (línea de creación de empresas) D. Promoción y apoyo a los procesos de transición digital, sostenibilidad ecológica y seguridad laboral y medioambiental de las empresas (línea de transición digital y ecológica ) E. apoyo a la competitividad de las empresas y del territorio a través de acciones de información, formación, promoción y comunicación, asistencia técnica y cualquier otra forma de apoyo que se considere necesaria para minimizar el impacto económico como consecuencia de nuevas emergencias a nivel internacional ( crisis bélica e impacto energético) y nacional (desastres naturales), facilitando la recuperación de actividades económicas que aún se ven afectadas por los problemas actuales (línea de emergencia). Los proyectos e iniciativas para los cuales se solicita la contribución deben iniciarse a partir del 01.01.2024 y deben implementarse y concluirse antes de la fecha límite del 31.12.2024. La lista de gastos subvencionables y no subvencionables se define en el art. 5. Para cada proyecto o iniciativa, es posible presentar una solicitud específica a partir del 01/02/2024 y a más tardar en la fecha límite del 29/03/2024 completando el formulario correspondiente y enviándolo vía PEC a la dirección institucional: cciaa @pec.marche.camcom.it El importe de la subvención que se puede conceder se fija en el 70% de los gastos subvencionables indicados en el presupuesto financiero y en cualquier caso no puede superar el importe máximo de 100.000,00 € para cada iniciativa. En el caso de que el importe total de las subvenciones que puedan concederse supere la disponibilidad del fondo, el importe de las subvenciones realmente concedidas se reducirá proporcionalmente para todas las iniciativas y proyectos elegibles. En caso de concesión de la aportación, el beneficiario deberá, bajo pena de revocación de la aportación, presentar una solicitud de pago específica acompañada de la documentación contable, dentro de los 60 días siguientes a la fecha límite para la realización de las actividades fijada el 31.12.2024.