Cosas
La medida "Microcrédito", dirigida a pymes y autónomos con número de IVA individual no inscrito en el Registro Mercantil, tiene como objetivo facilitar la promoción de la creación de empresas con la implicación directa de los operadores de microcréditos inscritos en la lista mencionada en el artículo 111 del Decreto Legislativo del 1 de septiembre de 1993, n. 385 (Ley consolidada en materia bancaria y crediticia) y posteriores modificaciones y acuerdos con la Región de Lombardía.
¿A quién esta dirigido?
a) Pymes tal como se definen en el anexo 1 del Reglamento (UE) n.º. 651/2014, debidamente constituidas, inscritas y activas durante un máximo de 5 años en el Registro Mercantil y con una oficina sujeta a la intervención en Lombardía en el momento de la presentación de la solicitud de participación y que cumplan con los requisitos del Decreto Ministerial 176 /2014 y smib) trabajadores autónomos con NIF individual activo no inscrito en el Registro Mercantil, que declararon el inicio de su actividad hace como máximo 5 años en la fecha de presentación de la solicitud en una de las oficinas locales de la Agencia Tributaria o a una oficina provincial del Impuesto sobre el Valor Añadido de la misma Agencia, tener domicilio fiscal en Lombardía y cumplir con los requisitos del Decreto Ministerial 176/2014 y modificaciones posteriores.
¿Qué predice?
El beneficio se configura como un préstamo autonómico a tipo nominal cero, destinado a cubrir el 40% de los gastos subvencionables, combinado con un préstamo concedido por un operador de microcrédito a tipo de mercado, destinado a cubrir el 60% restante. condonación parcial de la parte del préstamo concedida por la Región de Lombardía (llamada devolución de capital), reduciendo las últimas cuotas por un importe máximo igual al 50% de la parte principal del préstamo regional si se cumplen las siguientes condiciones: . la entidad gestora haya concluido positivamente, o con redeterminación de la Facilidad, la verificación de la documentación presentada al solicitar el desembolso del saldo del Cofinanciamiento; el beneficiario ha reembolsado a la Región de Lombardía al menos el 50 % del importe principal de la financiación regional concedida y desembolsada; el beneficiario está al corriente de pagos al operador de microcrédito según el plan de amortización vigente en cada momento.