Cosas
La medida de facilitación pretende fomentar la reactivación de la producción contrarrestando la deslocalización también mediante medidas fiscales ventajosas y otras intervenciones adecuadas destinadas a facilitar a las empresas, en particular a aquellas que se comprometen a mantener su presencia en Lombardía, salvaguardar el empleo y el trabajo.
¿A quién esta dirigido?
A las empresas:1. establecido con efectos a partir del 1 de enero de 2021;2. que alternativamente realicen: a) actividades comerciales de barrio en un lugar fijo, de conformidad con el art. 4, apartado 1, letra. d), del Decreto Legislativo del 31 de marzo de 1998, n. 114;b) artesanal según lo definido por el art. 4, apartado 2, letra. f), del Decreto Legislativo del 31 de marzo de 1998, n. 114, siempre que prevean la venta en los locales de producción o en los locales adyacentes a ellos de sus propios productos de producción y estén en posesión de la anotación de la calificación artesanal en el Registro Mercantil (por ejemplo: pastelerías, heladerías , las panaderías están admitidas pero no pueden beneficiarse de la facilitación para las actividades de servicios artesanales);3. que realicen las actividades a que se refiere el punto 2, en los centros históricos previstos en los respectivos instrumentos de planificación urbanística: a) en municipios con población superior a 3.000 habitantes, así como b) en municipios con hasta 3.000 habitantes, en cuyo caso el beneficio fiscal opera en todo el territorio municipal;4. con domicilio social o sede operativa en la región de Lombardía.
¿Qué predice?
Exención del IRAP.