Cosas
La medida prevé, para las empresas establecidas en pequeños municipios de Lombardía, una reducción del 0,92% en la tasa IRAP, establecida por el Decreto Legislativo n. 446/97, por cuatro períodos impositivos. A los efectos de ampliar el beneficio por el período de tres años siguientes a los cuatro períodos impositivos contados a partir de la fecha de constitución de la sociedad, será necesario que se cumplan los requisitos a que se refiere el apartado 1 del art. 77 sexies de la ley regional de 14 de julio de 2003, n. 10, se respetan en el momento de la constitución de la empresa.
¿A quién esta dirigido?
A las empresas constituidas después del 31 de diciembre de 2021 en los municipios identificados de conformidad con el art. 2 de lrn 11/2004 cuya lista fue definida finalmente con la DGR n. 2611 de 9 de diciembre de 2019 (Todos C – Municipios con población igual o inferior a 3.000 habitantes clasificados como de nivel de desventaja medio y alto). El descuento del 0,92% también se aplica a las cooperativas que cumplan las condiciones establecidas en el art. 14 del Decreto Presidencial de 29 de septiembre de 1973, n. 601 “Disciplina de las deducciones fiscales” y disposiciones de desarrollo del art. 9 del Decreto Legislativo de 17 de enero de 2003, n. 6 “Reforma orgánica del régimen de las sociedades anónimas y cooperativas, en aplicación de la ley de 3 de octubre de 2001, n. 366” así como el art. 223 -sexiesdecies de las normas de desarrollo y transitorias del Código Civil, según lo previsto en el apartado 2 del art. 77 sexies de la ley regional de 14 de julio de 2003, n. 10.
¿Qué predice?
La reducción del 0,92% en la tasa IRAP.